"Revisa tu escritura de donación porque si no dijiste nada la ley decidió por ti y decidió que es anticipo de herencia."
Por María Cristina Clemente Buendía
Notaria y miembro del Comité de expertos de Lecturas
¿Una donación en vida se descuenta de la herencia? Cuándo se considera un anticipo
Dar dinero a un hijo para ayudarle a comprar una vivienda, afrontar un proyecto profesional o superar una dificultad económica es una decisión frecuente entre padres e hijos. Sin embargo, hay una cuestión que muchas familias no se plantean en el momento de realizar la donación: ¿qué ocurrirá con ese dinero cuando llegue el momento de repartir la herencia?
¿Recibirá ese hijo exactamente lo mismo que sus hermanos? ¿Habrá que descontar lo que recibió anteriormente? ¿Pueden los padres decidir que aquella cantidad fue un regalo adicional y no un adelanto de su futura herencia?
La respuesta depende de cómo se haya configurado la donación y de las disposiciones sucesorias aplicables.
La notaria María Cristina Clemente Buendía ha advertido recientemente de la importancia de revisar este aspecto antes de realizar una donación y, especialmente, de dejar clara la voluntad de los padres sobre cómo deberá computarse posteriormente esa entrega.
¿El dinero donado a un hijo cuenta como anticipo de la herencia?
En Derecho común, las donaciones realizadas en vida a determinados herederos pueden tener consecuencias cuando posteriormente se abre la sucesión.
Aquí aparece un concepto fundamental: la colación.
La colación es un mecanismo previsto en el Código Civil que entra en juego, bajo sus requisitos legales, cuando determinados herederos forzosos concurren a una herencia y anteriormente han recibido bienes o dinero del fallecido mediante donación.
Su finalidad es tener en cuenta esas atribuciones anteriores al efectuar determinadas operaciones de la partición hereditaria.
Por eso, cuando unos padres entregan una cantidad importante de dinero a uno de sus hijos, no conviene pensar únicamente en la fiscalidad de la donación en ese momento. También debe analizarse cómo afectará esa entrega al futuro reparto de la herencia.
Un ejemplo: 50.000 euros para comprar una vivienda
Imaginemos unos padres con tres hijos.
Uno de ellos necesita comprar su primera vivienda y sus padres deciden donarle 50.000 euros para ayudarle con la operación.
Años después fallecen los progenitores y llega el momento de repartir la herencia entre los tres hermanos.
Puede surgir entonces una pregunta:
¿Debe el hijo que recibió aquellos 50.000 euros participar ahora en la herencia exactamente en las mismas condiciones que sus hermanos?
La respuesta no debería improvisarse en ese momento.
Precisamente por eso resulta tan importante determinar correctamente qué carácter tiene la donación y dejar constancia de la voluntad de los donantes.
¿Qué significa que una donación sea colacionable?
Cuando una donación debe traerse a colación, no significa necesariamente que el hijo tenga que devolver físicamente el dinero que recibió años atrás.
La colación opera dentro de las reglas de cálculo y partición de la herencia.
En términos sencillos, permite tener en consideración aquello que un heredero ya recibió en vida del causante al realizar posteriormente las operaciones sucesorias correspondientes.
Por eso suele hablarse coloquialmente de una donación como un «anticipo de herencia», aunque jurídicamente conviene distinguir entre conceptos como colación, imputación y protección de las legítimas.
Esta distinción es importante porque las consecuencias concretas dependen de cómo se haya realizado la donación y de la estructura de la futura sucesión.
¿Pueden los padres decidir que la donación no se descuente?
La voluntad del donante tiene una enorme importancia.
El Código Civil contempla la posibilidad de que el donante dispense de colación una determinada donación, sin perjuicio de los límites que impone el sistema de legítimas.
Esto permite planificar con mayor precisión lo que los padres quieren conseguir.
Por ejemplo, puede ocurrir que unos progenitores quieran ayudar especialmente a uno de sus hijos porque atraviesa una situación económica diferente a la de sus hermanos y pretendan que esa ayuda no tenga posteriormente el mismo tratamiento que un simple adelanto de lo que le correspondería recibir.
Pero esa intención debe articularse correctamente.
Dejar para el futuro la interpretación de lo que los padres «querían hacer» es precisamente lo que puede provocar conflictos entre hermanos.
¿Puede modificarse posteriormente lo establecido?
La planificación sucesoria no tiene por qué quedar completamente cerrada el día en que se realiza una donación.
Tal y como explica María Cristina Clemente, determinadas decisiones pueden revisarse posteriormente mediante las correspondientes disposiciones testamentarias, siempre dentro de los límites establecidos por la legislación aplicable.
Esta es otra razón por la que donación y testamento deberían analizarse conjuntamente.
Una familia puede realizar una donación hoy y modificar años después su planificación patrimonial porque hayan cambiado sus circunstancias económicas, familiares o personales.
El testamento permite adaptar la sucesión a esas nuevas circunstancias dentro del marco legal.
Donación, mejora y legítima: no son lo mismo
Otro punto especialmente importante es distinguir entre donar a un hijo y utilizar los mecanismos sucesorios existentes para favorecerlo respecto de sus hermanos.
En Derecho común, cuando existen hijos o descendientes, una parte de la herencia está reservada legalmente a estos como herederos forzosos.
Dentro del sistema sucesorio existen diferentes márgenes para organizar el reparto, incluyendo el tercio de mejora y el tercio de libre disposición.
Esto permite, dentro de los límites legales, favorecer a determinados descendientes.
Pero una donación realizada en vida no permite ignorar automáticamente los derechos que puedan corresponder a los demás herederos forzosos.
¿Puedo donar todo a un hijo para que los demás no hereden?
Esta es precisamente una de las situaciones que requieren mayor cautela.
Realizar donaciones en vida no permite eludir sin más las legítimas que la ley reconoce a determinados herederos.
El Código Civil establece límites a aquello que una persona puede donar.
Si al fallecer el donante se comprueba que las donaciones realizadas perjudicaron la legítima correspondiente a otros herederos, puede ser necesario analizar su eventual reducción por inoficiosidad.
Por tanto, utilizar las donaciones como mecanismo para vaciar el patrimonio y excluir de facto a determinados herederos puede generar posteriormente conflictos y reclamaciones.
¿Qué son las donaciones inoficiosas?
Esta es precisamente una de las situaciones que requieren mayor cautela.
Realizar donaciones en vida no permite eludir sin más las legítimas que la ley reconoce a determinados herederos.
El Código Civil establece límites a aquello que una persona puede donar.
Si al fallecer el donante se comprueba que las donaciones realizadas perjudicaron la legítima correspondiente a otros herederos, puede ser necesario analizar su eventual reducción por inoficiosidad.
Por tanto, utilizar las donaciones como mecanismo para vaciar el patrimonio y excluir de facto a determinados herederos puede generar posteriormente conflictos y reclamaciones.
Donar dinero para comprar una vivienda: conviene dejar clara la intención
Uno de los supuestos más frecuentes es precisamente la ayuda de padres a hijos para adquirir una vivienda.
Cuando se entregan 30.000, 50.000 o 100.000 euros, resulta especialmente aconsejable no limitarse a realizar una transferencia bancaria.
Además de cumplir correctamente con las obligaciones fiscales correspondientes a la donación, conviene determinar qué quieren realmente los padres que ocurra con esa cantidad en su futura sucesión.
¿Pretenden adelantar a ese hijo parte de lo que recibirá?
¿Quieren favorecerlo adicionalmente dentro de los límites legales?
¿Quieren que la donación quede dispensada de colación?
Son cuestiones diferentes y pueden tener consecuencias muy distintas años después.
La escritura de donación puede evitar futuros conflictos entre hermanos
Una planificación adecuada permite que la voluntad de los padres quede documentada en lugar de depender de interpretaciones posteriores.
Esto adquiere especial importancia cuando existen varios hijos.
Después del fallecimiento ya no será posible preguntar a los progenitores qué pretendían cuando realizaron aquella transferencia o entregaron determinado inmueble.
Si la operación y la planificación sucesoria están correctamente documentadas, disminuye considerablemente el margen para que aparezcan interpretaciones contradictorias entre los herederos.
¿Donar en vida o dejar los bienes en herencia?
La colación es solamente uno de los aspectos que deben valorarse antes de realizar una donación.
También existen consecuencias fiscales, patrimoniales y personales que pueden hacer recomendable conservar determinados bienes en lugar de transmitirlos anticipadamente.
Por eso, antes de tomar una decisión de esta importancia, conviene analizar conjuntamente ambas alternativas.
En Notaría Buendía hemos tratado específicamente esta cuestión en nuestra guía sobre si es mejor donar los bienes en vida o dejarlos en herencia, donde explicamos las principales diferencias entre ambas opciones.
Una donación no termina cuando se firma
Uno de los principales errores al realizar una donación es analizar únicamente sus efectos inmediatos.
Una ayuda económica realizada hoy puede tener consecuencias muchos años después, cuando llegue el momento de repartir una herencia.
Por eso resulta fundamental determinar correctamente si la donación deberá tenerse en cuenta en la futura sucesión, cómo se imputará y cuál es la voluntad de los padres respecto al reparto entre sus descendientes.
La escritura de donación y el testamento son instrumentos diferentes, pero dentro de una adecuada planificación sucesoria deben estudiarse conjuntamente.
Dejar claramente documentada la voluntad del donante puede evitar que una ayuda realizada con la mejor intención termine convirtiéndose, años después, en un conflicto entre hermanos.
María Cristina Clemente aborda la colación de las donaciones
María Cristina Clemente Buendía ha explicado recientemente esta cuestión a raíz de las dudas que surgen cuando los padres realizan donaciones importantes a alguno de sus hijos y no determinan adecuadamente cómo quieren que se tengan en cuenta en la futura herencia.
La cuestión ha sido recogida por Líder Actual, que analiza las consecuencias de considerar una donación como anticipo de herencia y la importancia de documentar correctamente la voluntad del donante.











