En Notaría Buendía, ubicada en el centro de la ciudad de Alicante, en el edificio de los Registros de la Propiedad, estamos a tu disposición para atenderte, asesorarte y dar respuesta a todas tus necesidades notariales. Te acompañaremos en muchos de los momentos más importantes de tu vida, momentos cargados de emoción, a la que queremos conectarnos mediante una escucha activa, con una finalidad, un ejercicio de la función notarial, más integral, más sentido y más humano, en un entorno de conectividad tecnológica y creciente internacionalización.
Nuestra labor comienza escuchándote, sólo así podremos aconsejarte cuál es el negocio jurídico que más te conviene.
Para nosotros cada cliente es único.
Si lo deseas, y una vez otorgado el documento notarial, podemos ocuparnos de toda su tramitación posterior.
Resuelve tus dudas sobre el pago o exención de plusvalías municipales.
Sabemos que vender o comprar una propiedad, sobre todo si la financias con un préstamo hipotecario, es una decisión importante.
Nosotros te ayudamos a materializarla.
NOTARIO
En Notaría Buendía, queremos prestarte asesoramiento técnico, pero no sólo eso, deseamos ayudarte poniendo a tu servicio nuestros conocimientos de una manera clara, entendible y empática. Cada una de las personas que formamos este equipo nos hemos propuesto un objetivo: que ir a una notaría sea una experiencia agradable y tranquilizadora.
Notaría Buendía cuenta con instalaciones seguras. Visítanos, estamos en el centro de Alicante.
Nuestro horario es de Lunes a Jueves 9 - 17:00h. Viernes: De 9:00h a 15:00h. Horario de verano 8-15:00h.
Contacta con nosotros, tenemos 6 líneas de teléfono a tu disposición, llama al +34 96 513 32 76.
Contacta con nosotros, rellena el formulario de contacto o envíanos un e-mail a: info@notariabuendia.es
Cuéntanos tus dudas
En nuestra notaría prestamos especial atención a las especialidades que puede suponer ostentar una nacionalidad diferente a la española, así como su tratamiento fiscal por ser no residente, para que otorgues tu escritura con total seguridad jurídica.
A partir del 1 de junio, bajan algunos impuestos vinculados a escrituras en la Comunidad Valenciana.
¿Las principales novedades?
El tipo general de #ITP en compras de inmuebles baja del 10% al 9%.
Y en las #ExtincionesDeCondominio, el tipo general de Actos Jurídicos Documentados se reduce del 1,5% al 1,4%.
Pero hay otra medida especialmente relevante:
Por primera vez, habrá una bonificación del 25% en #Herencias y #Donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad.
Eso sí, muy importante:
▪️ No se aplica a familiares por afinidad (cuñados, tíos políticos, sobrinos políticos…).
▪️ Y exige siempre escritura pública.
Además, está prevista una segunda bonificación adicional del 25% a partir de junio de 2027.
La planificación fiscal cambia.
Y en Derecho, un pequeño porcentaje puede marcar una gran diferencia.
A partir del 1 de junio, bajan algunos impuestos vinculados a escrituras en la Comunidad Valenciana.
¿Las principales novedades?
El tipo general de #ITP en compras de inmuebles baja del 10% al 9%.
Y en las #ExtincionesDeCondominio, el tipo general de Actos Jurídicos Documentados se reduce del 1,5% al 1,4%.
Pero hay otra medida especialmente relevante:
Por primera vez, habrá una bonificación del 25% en #Herencias y #Donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad.
Eso sí, muy importante:
▪️ No se aplica a familiares por afinidad (cuñados, tíos políticos, sobrinos políticos…).
▪️ Y exige siempre escritura pública.
Además, está prevista una segunda bonificación adicional del 25% a partir de junio de 2027.
La planificación fiscal cambia.
Y en Derecho, un pequeño porcentaje puede marcar una gran diferencia.
...
🗞️ Líder Actual recoge una reflexión muy clara de María Cristina Clemente Buendía, notaria: hablar de dinero en familia no es el problema, evitar hacerlo, sí.
.
En la noticia se insiste en algo clave: muchas decisiones patrimoniales importantes (herencias, donaciones, vivienda) se toman sin comunicación previa, lo que acaba generando conflictos que podrían haberse evitado.
La clave está en ser adultos, hablar claro y planificar.
.
Existen herramientas legales, pero si no hay diálogo, llegan los malentendidos. Y en temas de dinero, los silencios suelen salir caros.
.
Hablar hoy es evitar problemas mañana. ¿Eres de los que lo habla todo o de los que lo deja para después? Te leo ✉️
🗞️ Líder Actual recoge una reflexión muy clara de María Cristina Clemente Buendía, notaria: hablar de dinero en familia no es el problema, evitar hacerlo, sí.
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En la noticia se insiste en algo clave: muchas decisiones patrimoniales importantes (herencias, donaciones, vivienda) se toman sin comunicación previa, lo que acaba generando conflictos que podrían haberse evitado.
La clave está en ser adultos, hablar claro y planificar.
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Existen herramientas legales, pero si no hay diálogo, llegan los malentendidos. Y en temas de dinero, los silencios suelen salir caros.
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Hablar hoy es evitar problemas mañana. ¿Eres de los que lo habla todo o de los que lo deja para después? Te leo ✉️
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La posible vuelta de las prórrogas extraordinarias de alquiler reabre una gran duda jurídica:
.
¿Sirvió realmente el burofax enviado por muchos inquilinos durante la vigencia del Real Decreto para consolidar un derecho?
.
¿O solo protegía a quienes tenían contratos que vencían dentro de ese periodo concreto?
Si ahora se plantea aprobar un nuevo Real Decreto para recuperar esas prórrogas, la pregunta es inevitable.
.
¿Estamos ante un reconocimiento implícito de que aquel derecho no quedó blindado tras la derogación?
.
El debate no es menor, porque afecta directamente a propietarios, inquilinos, compraventas y a la seguridad jurídica de miles de contratos de alquiler.
Y probablemente serán los tribunales quienes terminen fijando el criterio definitivo.
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#Arrendamientos #SeguridadJurídica #TuHistoriaNuestraFirma
La posible vuelta de las prórrogas extraordinarias de alquiler reabre una gran duda jurídica:
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¿Sirvió realmente el burofax enviado por muchos inquilinos durante la vigencia del Real Decreto para consolidar un derecho?
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¿O solo protegía a quienes tenían contratos que vencían dentro de ese periodo concreto?
Si ahora se plantea aprobar un nuevo Real Decreto para recuperar esas prórrogas, la pregunta es inevitable.
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¿Estamos ante un reconocimiento implícito de que aquel derecho no quedó blindado tras la derogación?
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El debate no es menor, porque afecta directamente a propietarios, inquilinos, compraventas y a la seguridad jurídica de miles de contratos de alquiler.
Y probablemente serán los tribunales quienes terminen fijando el criterio definitivo.
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#Arrendamientos #SeguridadJurídica #TuHistoriaNuestraFirma
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Habéis formalizado vuestra #ParejaDeHecho
y pensáis que, si uno fallece, el otro heredará como un cónyuge.
En la mayor parte de España, no es así.
.
En territorio de Derecho común, la pareja de hecho no tiene derecho a legítima.
Eso significa que, si no hay testamento, el superviviente no hereda nada.
Son extraños a efectos sucesorios.
.
¿Se puede solucionar?
.
Sí.
.
Pero solo si haces testamento.
Y aun así, con límites:
Si hay hijos: solo podrás dejarle 1/3 de la herencia.
Si no hay hijos pero sí padres: hasta la mitad.
Solo si no hay hijos ni ascendientes, podrás dejarle todo.
.
La diferencia con el matrimonio es clara.
Y las consecuencias, también.
Planificar es la mejor opción.
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#TuHistoriaNuestraFirma
Habéis formalizado vuestra #ParejaDeHecho
y pensáis que, si uno fallece, el otro heredará como un cónyuge.
En la mayor parte de España, no es así.
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En territorio de Derecho común, la pareja de hecho no tiene derecho a legítima.
Eso significa que, si no hay testamento, el superviviente no hereda nada.
Son extraños a efectos sucesorios.
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¿Se puede solucionar?
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Sí.
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Pero solo si haces testamento.
Y aun así, con límites:
Si hay hijos: solo podrás dejarle 1/3 de la herencia.
Si no hay hijos pero sí padres: hasta la mitad.
Solo si no hay hijos ni ascendientes, podrás dejarle todo.
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La diferencia con el matrimonio es clara.
Y las consecuencias, también.
Planificar es la mejor opción.
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#TuHistoriaNuestraFirma
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El precio de un testamento suele ser económico y depende del tipo de testamento y de la complejidad del patrimonio.
Cuando no existe testamento, es necesario tramitar una declaración de herederos ante notario para determinar quién hereda.
Sí. También es posible aceptar la herencia a beneficio de inventario para evitar responder con el patrimonio personal.
La herencia puede aceptarse posteriormente al fallecimiento, aunque existen plazos fiscales importantes relacionados con el Impuesto de Sucesiones.
Depende de cada caso y de la fiscalidad aplicable. En muchas situaciones conviene estudiar previamente el impacto fiscal.
El notario garantiza la legalidad de la operación y redacta la escritura pública de compraventa.
Normalmente se requiere escritura de propiedad, DNI, certificado energético, IBI y documentación de comunidad.
Sí. Los compradores extranjeros pueden adquirir inmuebles en España cumpliendo determinados requisitos legales y fiscales.
Sí. Mediante un poder notarial se puede autorizar a otra persona para realizar determinadas operaciones bancarias en nombre del titular.
Depende del parentesco, la comunidad autónoma y el valor de los bienes heredados o donados.
El poder notarial tiene plena validez jurídica mientras no sea revocado por la persona que lo otorgó.
Para aplicar correctamente las ventajas fiscales, la donación debe formalizarse mediante escritura pública ante notario.
La jura o promesa de nacionalidad española se realiza ante notario mediante cita previa y aportando la resolución favorable de nacionalidad y la documentación personal requerida.
Para constituir una sociedad limitada normalmente se necesita certificado de denominación social, DNI de los socios, cuenta bancaria de la sociedad y definir la actividad de la empresa.
La obra nueva antigua permite regularizar construcciones ya realizadas, como piscinas, barbacoas o ampliaciones, para que consten legalmente en escritura y registro.
Habitualmente se requiere documentación catastral, certificación técnica y acreditación de antigüedad de la construcción.
Sí. Los ciudadanos extranjeros pueden otorgar poderes notariales en España presentando su documentación identificativa válida.
Existen poderes generales, especiales, preventivos y poderes para trámites concretos como vender, comprar, gestionar cuentas bancarias o representar a otra persona.
La autorización puede formalizarse ante notario mediante un documento firmado por los padres o representantes legales del menor.
Son acuerdos otorgados ante notario para regular el régimen económico matrimonial, como separación de bienes o gananciales.