En Notaría Buendía, ubicada en el centro de la ciudad de Alicante, en el edificio de los Registros de la Propiedad, estamos a tu disposición para atenderte, asesorarte y dar respuesta a todas tus necesidades notariales. Te acompañaremos en muchos de los momentos más importantes de tu vida, momentos cargados de emoción, a la que queremos conectarnos mediante una escucha activa, con una finalidad, un ejercicio de la función notarial, más integral, más sentido y más humano, en un entorno de conectividad tecnológica y creciente internacionalización.
Nuestra labor comienza escuchándote, sólo así podremos aconsejarte cuál es el negocio jurídico que más te conviene.
Para nosotros cada cliente es único.
Si lo deseas, y una vez otorgado el documento notarial, podemos ocuparnos de toda su tramitación posterior.
Resuelve tus dudas sobre el pago o exención de plusvalías municipales.
Sabemos que vender o comprar una propiedad, sobre todo si la financias con un préstamo hipotecario, es una decisión importante.
Nosotros te ayudamos a materializarla.
NOTARIO
En Notaría Buendía, queremos prestarte asesoramiento técnico, pero no sólo eso, deseamos ayudarte poniendo a tu servicio nuestros conocimientos de una manera clara, entendible y empática. Cada una de las personas que formamos este equipo nos hemos propuesto un objetivo: que ir a una notaría sea una experiencia agradable y tranquilizadora.
Notaría Buendía cuenta con instalaciones seguras. Visítanos, estamos en el centro de Alicante.
Nuestro horario es de Lunes a Jueves 9 - 17:00h. Viernes: De 9:00h a 15:00h. Horario de verano 8-15:00h.
Contacta con nosotros, tenemos 6 líneas de teléfono a tu disposición, llama al +34 96 513 32 76.
Contacta con nosotros, rellena el formulario de contacto o envíanos un e-mail a: [email protected]
Cuéntanos tus dudas
En nuestra notaría prestamos especial atención a las especialidades que puede suponer ostentar una nacionalidad diferente a la española, así como su tratamiento fiscal por ser no residente, para que otorgues tu escritura con total seguridad jurídica.
Compraste mediante préstamo hipotecario tu piso cuando eras soltero, te casas en gananciales y ahora es vuestro domicilio conyugal, sigues pagando durante el matrimonio con tu sueldo. ¿Sigues pensando que es exclusivamente tuya?
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Aquí está el matiz que muchos desconocen: si durante el matrimonio se paga la hipoteca con dinero ganancial, esa vivienda adquiere carácter ganancial en la proporción correspondiente a lo abonado durante el matrimonio.
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Y no depende de que el dinero salga de “tu sueldo”. En gananciales, los rendimientos del trabajo también tienen carácter ganancial.
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Si no quieres que ese efecto se produzca, existe una solución: pactar #SeparacionDeBienes.
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Porque en Derecho no basta con decir “yo no lo sabía”. La ley es clara y conocer las reglas antes de tomar decisiones puede evitar muchos problemas después.
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#ViviendaHabitual #TuHistoriaNuestraFirma
Compraste mediante préstamo hipotecario tu piso cuando eras soltero, te casas en gananciales y ahora es vuestro domicilio conyugal, sigues pagando durante el matrimonio con tu sueldo. ¿Sigues pensando que es exclusivamente tuya?
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Aquí está el matiz que muchos desconocen: si durante el matrimonio se paga la hipoteca con dinero ganancial, esa vivienda adquiere carácter ganancial en la proporción correspondiente a lo abonado durante el matrimonio.
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Y no depende de que el dinero salga de “tu sueldo”. En gananciales, los rendimientos del trabajo también tienen carácter ganancial.
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Si no quieres que ese efecto se produzca, existe una solución: pactar #SeparacionDeBienes.
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Porque en Derecho no basta con decir “yo no lo sabía”. La ley es clara y conocer las reglas antes de tomar decisiones puede evitar muchos problemas después.
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#ViviendaHabitual #TuHistoriaNuestraFirma
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📰 La Razón pone el foco en un error muy habitual cuando hablamos de cuentas bancarias y herencias: pensar que ser cotitular de una cuenta significa ser automáticamente dueño del dinero.
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Como explica María Cristina Clemente Buendía, cuando fallece uno de los titulares, lo primero es distinguir qué tipo de cuenta existe.
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Si es una cuenta conjunta o mancomunada, los titulares necesitan actuar conjuntamente y, tras el fallecimiento, los herederos pueden tener que intervenir. En cambio, en una cuenta indistinta o solidaria, cualquiera de los titulares puede disponer de los fondos frente al banco.
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Pero ojo: poder disponer del dinero no significa necesariamente ser propietario de él. La titularidad de la cuenta y la propiedad real de los fondos son cuestiones diferentes.
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Por eso, antes de dar por hecho que el dinero es “de todos”, conviene saber exactamente qué se firmó y quién aportó los fondos. Porque en herencias, una cuenta compartida puede esconder más de una sorpresa.
#Herencias #CuentasBancarias #DerechoSucesorio
📰 La Razón pone el foco en un error muy habitual cuando hablamos de cuentas bancarias y herencias: pensar que ser cotitular de una cuenta significa ser automáticamente dueño del dinero.
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Como explica María Cristina Clemente Buendía, cuando fallece uno de los titulares, lo primero es distinguir qué tipo de cuenta existe.
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Si es una cuenta conjunta o mancomunada, los titulares necesitan actuar conjuntamente y, tras el fallecimiento, los herederos pueden tener que intervenir. En cambio, en una cuenta indistinta o solidaria, cualquiera de los titulares puede disponer de los fondos frente al banco.
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Pero ojo: poder disponer del dinero no significa necesariamente ser propietario de él. La titularidad de la cuenta y la propiedad real de los fondos son cuestiones diferentes.
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Por eso, antes de dar por hecho que el dinero es “de todos”, conviene saber exactamente qué se firmó y quién aportó los fondos. Porque en herencias, una cuenta compartida puede esconder más de una sorpresa.
#Herencias #CuentasBancarias #DerechoSucesorio
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“Recibo una vivienda por herencia, la vendo y compro otra. ¿Cuánto se lleva Hacienda?”
Otra pregunta que llega directamente desde la calle y que demuestra que, cuando hablamos de #Herencias, vender una vivienda heredada no significa automáticamente pagar un porcentaje fijo a Hacienda.
La clave está en los valores: por cuánto se declaró la vivienda al recibirla y por cuánto se vende después. Si no existe una ganancia, puede que no haya ganancia patrimonial que tributar.
Si la vivienda heredada y la nueva no son vivienda habitual, no podremos aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
Una vez más, la respuesta no está en un porcentaje mágico. Está en los números y en cómo se ha planteado la operación.
📺 Episodio 18 disponible en YouTube.
#DoyFe #Herencias #Hacienda
“Recibo una vivienda por herencia, la vendo y compro otra. ¿Cuánto se lleva Hacienda?”
Otra pregunta que llega directamente desde la calle y que demuestra que, cuando hablamos de #Herencias, vender una vivienda heredada no significa automáticamente pagar un porcentaje fijo a Hacienda.
La clave está en los valores: por cuánto se declaró la vivienda al recibirla y por cuánto se vende después. Si no existe una ganancia, puede que no haya ganancia patrimonial que tributar.
Si la vivienda heredada y la nueva no son vivienda habitual, no podremos aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
Una vez más, la respuesta no está en un porcentaje mágico. Está en los números y en cómo se ha planteado la operación.
📺 Episodio 18 disponible en YouTube.
#DoyFe #Herencias #Hacienda
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¿Qué son las legítimas? ¿Puedo desheredar a un hijo porque no me habla? ¿Y qué ocurre con la legítima cuando un matrimonio no tiene hijos?
Estas son algunas de las preguntas que María Cristina Clemente Buendía responde como colaboradora de RNE, en ‘No es un día cualquiera’ junto a Manolo HH.
Porque cuando hablamos de herencias, testamentos y legítimas, hay muchas ideas que damos por hechas y no siempre son correctas.
Y sí: la pregunta de si puedes desheredar a un hijo porque no te habla tiene una respuesta jurídica mucho más compleja de lo que parece.
Escucha parte de la intervención de María Cristina en ‘No es un día cualquiera’ de RNE.
#Herencias #Testamento #TuHistoriaNuestraFirma
¿Qué son las legítimas? ¿Puedo desheredar a un hijo porque no me habla? ¿Y qué ocurre con la legítima cuando un matrimonio no tiene hijos?
Estas son algunas de las preguntas que María Cristina Clemente Buendía responde como colaboradora de RNE, en ‘No es un día cualquiera’ junto a Manolo HH.
Porque cuando hablamos de herencias, testamentos y legítimas, hay muchas ideas que damos por hechas y no siempre son correctas.
Y sí: la pregunta de si puedes desheredar a un hijo porque no te habla tiene una respuesta jurídica mucho más compleja de lo que parece.
Escucha parte de la intervención de María Cristina en ‘No es un día cualquiera’ de RNE.
#Herencias #Testamento #TuHistoriaNuestraFirma
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El precio de un testamento suele ser económico y depende del tipo de testamento y de la complejidad del patrimonio.
Cuando no existe testamento, es necesario tramitar una declaración de herederos ante notario para determinar quién hereda.
Sí. También es posible aceptar la herencia a beneficio de inventario para evitar responder con el patrimonio personal.
La herencia puede aceptarse posteriormente al fallecimiento, aunque existen plazos fiscales importantes relacionados con el Impuesto de Sucesiones.
Depende de cada caso y de la fiscalidad aplicable. En muchas situaciones conviene estudiar previamente el impacto fiscal.
El notario garantiza la legalidad de la operación y redacta la escritura pública de compraventa.
Normalmente se requiere escritura de propiedad, DNI, certificado energético, IBI y documentación de comunidad.
Sí. Los compradores extranjeros pueden adquirir inmuebles en España cumpliendo determinados requisitos legales y fiscales.
Sí. Mediante un poder notarial se puede autorizar a otra persona para realizar determinadas operaciones bancarias en nombre del titular.
Depende del parentesco, la comunidad autónoma y el valor de los bienes heredados o donados.
El poder notarial tiene plena validez jurídica mientras no sea revocado por la persona que lo otorgó.
Para aplicar correctamente las ventajas fiscales, la donación debe formalizarse mediante escritura pública ante notario.
La jura o promesa de nacionalidad española se realiza ante notario mediante cita previa y aportando la resolución favorable de nacionalidad y la documentación personal requerida.
Para constituir una sociedad limitada normalmente se necesita certificado de denominación social, DNI de los socios, cuenta bancaria de la sociedad y definir la actividad de la empresa.
La obra nueva antigua permite regularizar construcciones ya realizadas, como piscinas, barbacoas o ampliaciones, para que consten legalmente en escritura y registro.
Habitualmente se requiere documentación catastral, certificación técnica y acreditación de antigüedad de la construcción.
Sí. Los ciudadanos extranjeros pueden otorgar poderes notariales en España presentando su documentación identificativa válida.
Existen poderes generales, especiales, preventivos y poderes para trámites concretos como vender, comprar, gestionar cuentas bancarias o representar a otra persona.
La autorización puede formalizarse ante notario mediante un documento firmado por los padres o representantes legales del menor.
Son acuerdos otorgados ante notario para regular el régimen económico matrimonial, como separación de bienes o gananciales.