¿Pagaste demasiados impuestos al heredar o comprar vivienda? Así puedes reclamar

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María Cristina Clemente: el sistema utilizado para calcular el valor de referencia carece de carácter normativo suficiente.

Por María Cristina Clemente Buendía
Notaria y miembro del Comité de expertos de Lecturas

La reclamación que muchas personas todavía pueden presentar

Comprar una vivienda, recibir una herencia o hacer una donación suele implicar el pago de importantes impuestos. En muchos casos, los contribuyentes asumen esas cantidades pensando que no existe ninguna alternativa posible.

Sin embargo, una reciente situación jurídica relacionada con el valor de referencia del Catastro podría abrir la puerta a reclamaciones y devoluciones para miles de personas que hayan pagado determinados impuestos durante los últimos años.

La notaria alicantina María Cristina Clemente Buendía ha explicado recientemente que algunas personas podrían solicitar:
  • la rectificación,
  • y la devolución de ingresos indebidos,
si pagaron impuestos relacionados con:
  • compras de vivienda,
  • herencias,
  • o donaciones
    durante los últimos cuatro años.

El origen del problema: el valor de referencia del Catastro

Pagaste demasiados impuestos al heredar o comprar vivienda - Así puedes reclamar
Desde 2022, el llamado valor de referencia del Catastro se utiliza como base para calcular determinados impuestos relacionados con inmuebles.
Por ejemplo:
  • compraventas,
  • herencias,
  • donaciones,
  • o transmisiones patrimoniales.
Este valor se calcula teniendo en cuenta diferentes factores como:
  • ubicación
  • características del inmueble,
  • entorno,
  • superficie,
  • o datos del mercado inmobiliario.
Y en muchos casos, ha supuesto que los contribuyentes paguen impuestos sobre importes superiores al precio real de compra o transmisión.

La sentencia del Tribunal Constitucional cambia el escenario

Según explica María Cristina Clemente Buendía, una reciente sentencia del Tribunal Constitucional reconoce que: el sistema utilizado para calcular el valor de referencia carece de carácter normativo suficiente.
Es decir, el método de cálculo utilizado por el Catastro se basa en:
  • informes,
  • criterios internos,
  • y circulares administrativas,
pero no en una fórmula establecida directamente por ley o reglamento.
Precisamente ahí se encuentra el origen de las reclamaciones actuales.

¿Quién podría reclamar?

Las personas que podrían verse afectadas son aquellas que durante los últimos cuatro años hayan pagado impuestos relacionados con:
  • compra de inmuebles,
  • herencias,
  • o donaciones,
utilizando como base imponible el valor de referencia del Catastro.
Especialmente en situaciones donde:
  • el valor catastral utilizado era superior al valor real,
  • el impuesto resultó especialmente elevado,
  • o existían dudas sobre la valoración aplicada.

Qué es la “devolución de ingresos indebidos”

La devolución de ingresos indebidos es un procedimiento mediante el cual un contribuyente puede solicitar a la Administración:
  • la revisión de un impuesto ya pagado,
  • y la devolución de cantidades abonadas incorrectamente.
En este caso, la reclamación se apoyaría en las dudas jurídicas existentes sobre el sistema de cálculo del valor de referencia.

El plazo es muy importante

Uno de los aspectos más relevantes es que este tipo de reclamaciones están sujetas a plazos.
Por eso María Cristina Clemente Buendía insiste en que: “en fiscalidad los plazos pasan y las oportunidades también”.
En términos generales, muchas reclamaciones tributarias tienen un límite aproximado de cuatro años desde el pago del impuesto.

Las herencias y donaciones son algunas de las operaciones más afectadas

Muchos contribuyentes descubrieron en los últimos años que:
  • heredaban una vivienda,
  • recibían una donación,
  • o compraban un inmueble,
y debían tributar utilizando un valor de referencia superior incluso al precio real de mercado.
Esto generó importantes incrementos en:
  • Impuesto sobre Sucesiones,
  • Impuesto sobre Donaciones,
  • ITP,
  • y otros tributos relacionados con inmuebles.

El “catastrazo” sigue generando debate

El valor de referencia del Catastro ha sido objeto de una enorme polémica desde su implantación.
Muchos expertos consideran que:
  • incrementó artificialmente la base imponible de numerosos impuestos,
  • dificultó la defensa del contribuyente,
  • y provocó situaciones donde se tributaba por valores alejados de la realidad del mercado.
Ahora, la situación jurídica podría abrir nuevas oportunidades para revisar determinadas liquidaciones.

Cada caso necesita un análisis individualizado

No todas las operaciones podrán reclamarse automáticamente.
Aspectos como:
  • la fecha,
  • el impuesto concreto,
  • la comunidad autónoma,
  • el valor utilizado,
  • o el estado del procedimiento tributario,
pueden modificar completamente las posibilidades de éxito de la reclamación.
Por ello, resulta recomendable analizar cada situación de forma individual antes de iniciar cualquier procedimiento.

La fiscalidad inmobiliaria cambia constantemente

Las operaciones relacionadas con vivienda, herencias y patrimonio familiar están sometidas a continuos cambios:
  • normativos,
  • jurisprudenciales,
  • y fiscales.
Por eso, mantenerse informado y revisar correctamente las liquidaciones puede evitar que muchos contribuyentes paguen más impuestos de los que realmente les corresponden.
La reciente situación generada alrededor del valor de referencia del Catastro podría permitir que muchos contribuyentes revisen impuestos pagados por:
  • compras de vivienda,
  • herencias,
  • o donaciones

Las posibles devoluciones dependerán de cada caso concreto, pero el escenario jurídico actual abre una oportunidad importante para quienes hayan tributado utilizando valores discutidos o superiores al mercado real.

En materia fiscal, revisar a tiempo una liquidación puede marcar una gran diferencia económica.

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