Acta notarial de WhatsApp: cómo acreditar mensajes y pruebas digitales

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El notario puede dejar constancia de mensajes, registros de llamadas o contenidos de internet antes de que desaparezcan o cambien

Por María Cristina Clemente Buendía en À Punt Radio – Matí Directe.
Un mensaje de WhatsApp que puede resultar importante en un juicio, una página web cuyo contenido podría modificarse, un registro de llamadas, una conversación digital o determinada información mostrada en un teléfono móvil.
Cada vez una parte mayor de nuestra vida personal, profesional y comercial queda registrada en dispositivos y plataformas digitales. Y cuando surge un conflicto aparece una pregunta importante:
¿Cómo podemos acreditar posteriormente que aquello estaba realmente ahí?
María Cristina Clemente Buendía, notaria de Notaría Buendía en Alicante, abordó esta cuestión durante su intervención del 7 de octubre de 2026 en Matí Directe, de À Punt, al explicar algunas de las funciones notariales menos conocidas por los ciudadanos.
Entre ellas destacó las actas notariales de presencia, que pueden resultar especialmente útiles cuando es necesario dejar constancia de determinados hechos antes de un posible procedimiento judicial.
Porque acudir al notario no consiste únicamente en firmar una compraventa, hacer testamento o formalizar una hipoteca.
En determinadas situaciones, el notario también puede presenciar un hecho y documentar aquello que percibe, creando una prueba documental que permita acreditar posteriormente qué ocurrió o qué información estaba disponible en un determinado momento.

¿Qué es un acta notarial de presencia?

Un acta de presencia es un documento notarial mediante el cual el notario deja constancia de determinados hechos que presencia o percibe directamente.
El artículo 199 del Reglamento Notarial establece que estas actas acreditan el hecho que motiva su autorización y que el notario debe reflejar aquello que perciba por sus propios sentidos.
Esto tiene una utilidad evidente.
No es lo mismo acudir posteriormente a un procedimiento diciendo:
«En esa página aparecía esta información».

que haber solicitado previamente a un notario que accediese a esa página y dejase constancia documental de lo que aparecía en ella en aquel momento.

Y lo mismo puede ocurrir con determinados mensajes, registros de llamadas u otros contenidos digitales.

¿Puede un notario dar fe de una conversación de WhatsApp?

Puede dejar constancia de lo que se le exhibe y de aquello que puede observar, pero aquí hay que introducir un matiz muy importante.
Un acta notarial no convierte automáticamente cualquier captura de pantalla en una verdad absoluta.
El notario puede, por ejemplo, examinar un dispositivo y reflejar en el acta aquello que aparece en pantalla: una conversación, una fecha, un número de teléfono, determinadas fotografías, un registro de llamadas o cualquier otro elemento susceptible de ser percibido directamente.
El Reglamento Notarial contempla expresamente que la exhibición de documentos o cosas al notario pueda ser objeto de un acta para que este los describa conforme a su percepción.
Eso permite fijar documentalmente el contenido existente en ese momento.
Pero existen cuestiones diferentes que pueden exigir conocimientos técnicos:
¿Quién envió realmente el mensaje?
¿Ha sido manipulado?
¿Se corresponde la hora mostrada con la hora real del servidor?
¿Se ha eliminado parte de la conversación?
¿Son auténticos determinados archivos adjuntos?
Cuando para contestar esas preguntas sean necesarios conocimientos especializados, el propio Reglamento Notarial establece un límite: el notario no debe extender su apreciación a hechos cuya constatación requiera conocimientos periciales.

Captura de pantalla y acta notarial no son lo mismo

Una captura de pantalla puede conservar información relevante, pero tiene una debilidad evidente: técnicamente puede editarse o presentarse sin todo su contexto.
Por eso, cuando existe la posibilidad de que un determinado contenido digital termine teniendo importancia jurídica, puede resultar conveniente estudiar mecanismos adicionales para conservarlo.
El acta notarial aporta algo distinto.
El notario documenta qué está viendo, desde qué dispositivo o medio, en qué momento y en qué circunstancias, dentro de los límites de su función.
Es precisamente esa intervención de un funcionario público la que puede aportar un valor probatorio muy superior a limitarse a guardar una imagen en el teléfono.
Eso no significa que el acta gane automáticamente un procedimiento judicial ni que sustituya al resto de pruebas.
Significa que existe un documento público que deja constancia de determinados hechos observados por el notario.

Actas notariales para acreditar mensajes de WhatsApp

Imaginemos una situación bastante habitual.
Una persona recibe varios mensajes que posteriormente pueden resultar relevantes en un conflicto contractual, laboral, familiar o económico.
Esperar varios meses puede ser un problema.
La conversación podría eliminarse, cambiar el dispositivo, desaparecer el número o surgir posteriormente una discusión sobre qué contenían exactamente aquellos mensajes.
Dependiendo del caso, puede solicitarse al notario que examine el contenido disponible y deje constancia de aquello que percibe.
Cristina Clemente puso precisamente como ejemplo durante el programa determinados mensajes de WhatsApp que posteriormente pueden querer utilizarse en un procedimiento judicial.
El objetivo no es que el notario determine quién tiene razón en el conflicto.
Su función es diferente: documentar un hecho.

¿Puede utilizarse para un registro de llamadas?

También pueden existir situaciones en las que lo relevante sea dejar constancia de que en un teléfono aparece un determinado registro de llamadas.
Durante la entrevista, Cristina explicó el ejemplo de un acta solicitada para acreditar precisamente las llamadas que figuraban en el móvil de una persona.
De nuevo, hay que diferenciar entre dos cuestiones.
Una cosa es que el notario deje constancia de que, al examinar un dispositivo, aparecen determinadas llamadas con unas fechas, horas y números.
Otra diferente sería realizar un análisis técnico profundo destinado a comprobar datos internos del dispositivo, operadores, servidores o metadatos.
En esta segunda situación puede resultar necesaria la intervención de un perito especializado.

Acta notarial de una página web

Las páginas web constituyen otro ejemplo muy claro.
El contenido de internet puede cambiar en cuestión de minutos.
Una empresa modifica un precio.
Un anuncio desaparece.
Una publicación se edita.
Una tienda online cambia las características de un producto.
Una web elimina determinadas afirmaciones.
Cuando esa información puede tener relevancia para un conflicto posterior, esperar puede provocar que la prueba desaparezca.
Un acta permite solicitar al notario que acceda al contenido y deje constancia de aquello que observa.
Este tipo de intervención puede tener interés en situaciones relacionadas con:
  • conflictos entre empresas;
  • propiedad intelectual;
  • publicidad;
  • incumplimientos contractuales;
  • publicaciones en internet;
  • ofertas comerciales;
  • contenidos de redes sociales;
  • o información cuya permanencia online no puede garantizarse.
Cristina Clemente mencionó expresamente durante el programa las comprobaciones sobre páginas web como uno de los ámbitos en los que estas actas pueden resultar útiles.

¿Y si necesitamos comprobar los metadatos?

Aquí aparece una de las diferencias más importantes.
El notario puede dar fe de aquello que percibe directamente, pero no tiene por qué tener los conocimientos técnicos necesarios para analizar cómo se ha generado internamente un archivo, un mensaje o determinado contenido informático.
En estos casos pueden intervenir conjuntamente notario y perito.
El técnico realiza las operaciones que requieren conocimientos especializados y el notario deja constancia de cómo se desarrolla esa actuación y de aquello que presencia.
Cristina Clemente explicó durante la entrevista que en determinados asuntos digitales puede solicitarse la comparecencia de un perito precisamente para extraer información técnica, mientras el notario documenta el procedimiento seguido.
Esta combinación puede resultar especialmente útil cuando el elemento técnico es relevante para la futura prueba.

El acta notarial no decide quién tiene razón

Este punto es fundamental.
Un acta de presencia no es una sentencia.
El notario no resuelve el conflicto existente entre dos personas.
Tampoco determina automáticamente que un mensaje sea constitutivo de una amenaza, que una publicación vulnere un derecho o que una de las partes haya incumplido un contrato.
Lo que hace es dejar constancia de los hechos que percibe dentro de los límites de la función notarial.
Será posteriormente el abogado, el tribunal o la autoridad competente quien valore ese documento junto con el resto de las pruebas disponibles.
Por eso resulta más correcto hablar de preconstituir o conservar una prueba que de convertirla en una prueba «indiscutible».

No todo puede hacerse mediante un acta notarial

La intervención del notario también tiene límites.
Durante la entrevista, Cristina explicó que existen situaciones «por ejemplo, determinadas actuaciones relacionadas con un desahucio o con la recuperación de una vivienda» en las que debe analizarse cuidadosamente hasta dónde puede intervenir el notario dependiendo del procedimiento existente.
El motivo es sencillo: el notario es un funcionario público y no puede participar en una actuación que exceda las competencias que legalmente le corresponden.
Por eso cada requerimiento debe estudiarse previamente.
No basta con acudir a la notaría diciendo «quiero que el notario venga y dé fe».
Primero debe analizarse qué se quiere acreditar, de qué manera puede comprobarse y si la actuación solicitada encaja dentro de la función notarial. 

Mucho más que compraventas, hipotecas y testamentos

La intervención de Cristina Clemente en Matí Directe partía precisamente de una pregunta muy amplia:
¿Qué puede hacer un notario por nosotros?
Durante el programa recordó que la función notarial se ha ampliado notablemente y que muchas actuaciones que antes se asociaban únicamente con procedimientos administrativos o judiciales actualmente pueden desarrollarse ante notario.
En Notaría Buendía ya hemos explicado algunas de ellas de forma específica.
Por ejemplo, actualmente es posible casarse ante notario y tramitar también notarialmente el expediente matrimonial previo. En la Comunitat Valenciana, los expedientes se distribuyen mediante turno notarial y, una vez superado este trámite, los futuros cónyuges pueden celebrar el matrimonio ante el notario correspondiente.
También es posible divorciarse ante notario cuando existe mutuo acuerdo y se cumplen los requisitos legales, entre ellos que no existan hijos menores no emancipados ni determinados hijos mayores sujetos a medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores. Además, los cónyuges deben estar asistidos por abogado.

También hay escrituras que pueden firmarse por videoconferencia

Otro de los aspectos destacados en Matí Directe fue la transformación digital del notariado.
Desde el Portal Notarial del Ciudadano pueden realizarse numerosos trámites sin acudir físicamente al despacho, y determinados documentos públicos pueden otorgarse mediante videoconferencia.
Durante el programa se comentaron ejemplos como poderes para actos concretos, determinados actos societarios y pólizas mercantiles, entre otras actuaciones.
Este tema ya lo hemos tratado específicamente en Notaría Buendía, por lo que en esta ocasión no lo desarrollamos nuevamente para evitar duplicar contenidos.
Lo mismo sucede con las copias autorizadas electrónicas con código seguro de verificación, que permiten disponer de determinados documentos notariales en soporte digital y comprobar su autenticidad desde la sede electrónica notarial. La digitalización notarial está vigente desde noviembre de 2023 y constituye ya una parte importante del funcionamiento cotidiano de las notarías.

¿Cuándo conviene pensar en un acta notarial?

La respuesta depende del caso, pero hay una regla práctica especialmente importante:
si el hecho que quieres acreditar puede desaparecer, modificarse o resultar difícil de probar más adelante, conviene consultar antes de que eso ocurra.
Una publicación online que ya ha desaparecido difícilmente podrá ser observada posteriormente por un notario.
Lo mismo sucede con determinados mensajes borrados, páginas modificadas o situaciones físicas que dejan de existir.
Por eso la utilidad del acta está muchas veces vinculada a actuar en el momento adecuado.

Preguntas frecuentes sobre las actas notariales y las pruebas digitales

¿Un notario puede certificar un WhatsApp?
Puede dejar constancia de los mensajes y demás elementos que observe directamente en el dispositivo o medio que se le exhiba. Eso no significa que pueda certificar sin más cuestiones técnicas como la autoría real del mensaje o la inexistencia de manipulaciones si para determinarlas son necesarios conocimientos periciales.
Son instrumentos diferentes. Una captura puede ser útil, pero el acta incorpora la intervención de un funcionario público que documenta aquello que ha percibido en un determinado momento. Dependiendo de la importancia del asunto, puede resultar conveniente complementar las pruebas digitales disponibles.
Sí, puede dejar constancia de aquello que observa al acceder a una web siempre que el requerimiento sea jurídicamente admisible.
Cuando la obtención o interpretación de determinada información requiere conocimientos técnicos especializados puede resultar necesaria la intervención de un perito. El Reglamento Notarial establece expresamente que el acta de presencia no debe extenderse a hechos cuya constatación requiera conocimientos periciales.
No. El acta documenta determinados hechos, pero corresponde al órgano judicial valorar el conjunto de las pruebas y decidir sobre el conflicto.
Precisamente suele ser más útil actuar antes, cuando el contenido o hecho que queremos conservar todavía puede comprobarse.

Una herramienta notarial especialmente útil en la era digital

WhatsApp, redes sociales, páginas web, correos electrónicos y teléfonos móviles han cambiado profundamente la forma en la que nos comunicamos y contratamos.
Pero también han provocado que buena parte de las posibles pruebas de un conflicto sean ahora volátiles.
Una conversación puede borrarse. Una web puede modificarse. Una publicación puede desaparecer.
Las actas notariales permiten trasladar una parte de esa realidad digital a un documento público cuando existe una necesidad legítima de dejar constancia de ella.
Como explicó María Cristina Clemente Buendía en Matí Directe, esta es solo una de las muchas funciones notariales que siguen siendo desconocidas para una parte importante de la ciudadanía.
En Notaría Buendía, en Alicante, podemos estudiar previamente qué hecho necesitas acreditar y determinar si un acta notarial es el instrumento adecuado y qué documentación o medios técnicos pueden ser necesarios.

Escucha el programa en À Punt Radio – Matí Directe.

María Cristina Clemente Buendía repasó en Matí Directe del 7 de octubre de 2026 algunas de las funciones menos conocidas del notario: matrimonios y divorcios, régimen económico matrimonial, copias electrónicas, poderes y escrituras por videoconferencia y actas notariales para dejar constancia de determinados hechos.
DESARROLLO: INTERDIGITAL.ES
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