Poderes, actas testimonios y legitimaciones

Desde el 9 de noviembre de 2023, podrán autorizarse por videoconferencia los poderes a pleitos, para la actuación ante las administraciones públicas, así como los electorales, los poderes para actos concretos (“poderes especialísimos”), la revocación de éstos últimos y los testimonios de legitimación de firmas.

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