
María Cristina Clemente, notaria: La experta en herencias señala que es lo que ocurre con la casa cuando no hay descendencia en común y recuerda la importancia de acudir al notario para proteger al cónyuge.
Por Celia López
Si has comprado una vivienda con tu pareja, tienes que tener muy en cuenta que en caso de que fallezca tu cónyuge no tiene por qué heredar toda la casa, incluso si hay una hipoteca pendiente y ambos la han pagado a medias. Sin embargo, la notaria María Cristina Clemente aclara que sin no existe testamento ni tampoco hijos, son los suegros los que podrían heredar parte de la vivienda y tu pareja únicamente el derecho al usufructo.
Según el derecho en España, si no existe testamento ni hijos, los herederos son los padres del fallecido y el cónyuge superviviente. La pareja no hereda la propiedad plena y tan solo obtiene el usufructo de la mitad de la herencia. La propiedad de la vivienda pasaría a los padres del fallecido, aunque esta se haya pagado de forma conjunta.
Por tanto, es un error muy frecuente confiar en el «supuesto derecho natural» del cónyuge a quedarse con el hogar familiar. Clemente destaca que esto solo se puede garantizar con un testamento notarial, especialmente en parejas sin hijos.
Dos opciones legales
Para evitar el escenario descrito anteriormente, la experta María Cristina Clemente recomienda realizar un testamento ante notario donde se exprese claramente que la vivienda debe quedar en propiedad del cónyuge superviviente. Además, es importante distribuir la herencia de manera que el uso o el usufructo quede reservado para el viudo o la viuda. También se recomienda planificar la herencia con antelación para evitar conflictos familiares y cargas fiscales inesperadas.
El testamento es importante para proteger el derecho de los cónyuges supervivientes y evitar que sean los suegros los que se conviertan en herederos. Si no hay testamento y no hay hijos los herederos naturales son los suegros y el cónyuge tan solo tiene el usufructo. Los beneficios de dejar testamento permiten dejarle al cónyuge la propiedad plena, simplifica los trámites sucesorios, permite prever posibles escenarios familiares o fiscales. Las consecuencias de no hacerlo suponen la apertura de la una herencia intestada, regida por el Código Civil, y la casa podría quedar fuera del control del cónyuge.
Por lo tanto, recuerda que si no tenéis hijos y uno de los cónyuges fallece sin testamento, el hogar común podría acabar en manos de los padres del fallecido, mientras que el viudo o la viuda solo recibe el usufructo sobre la mitad. Para evitar esta situación y asegurar el futuro de tu pareja, lo más recomendable es otorgar un testamento claro y bien redactado ante notario. Mantener este aspecto legal en regla es crucial para proteger a tu cónyuge y la vivienda familiar.