Nuestras Oficinas

Nos gusta que nuestros clientes se sientan cómodos y bien atendidos. Por ello, y porque sabemos que demandas un servicio ágil, profesional, confidencial y cercano, hemos concebido un espacio moderno, funcional y adaptado a las nuevas tecnologías.

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Tu historia, nuestra firma

EL IMPACTO DE NUESTRO TRABAJO

En Notaría Buendía, nos hemos propuesto ser una notaría que comunique consciente y coherentemente, que te acompañe y ayude en la toma de tus decisiones; decisiones que nos importan y, juntos, rubricamos con nuestra firma.

NotariaBuendía y Buda 2

En el corazón de Alicante

Nos encuentras físicamente en el corazón de Alicante, en el edificio de los Registros de la Propiedad, y desde aquí, cualquiera que sea tu necesidad para cuestiones notariales, te asesoraremos, por cualquier medio, sin importar donde te encuentres.

La innovación tecnológica y digitalización ha llegado a las notarías para quedarse, desde el 9 de noviembre de 2023, es posible otorgar determinadas escrituras por videoconferencia. 

Notaría Buendia Cristina

María Cristina Clemente Buendía

Licenciada en Derecho y Diplomada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad San Pablo CEU de Madrid, ciudad en la que nació y vivió “a la madrileña”. Aprueba la oposición al Título de Notario e ingresa en el cuerpo notarial en noviembre de 2002. Ha desarrollado íntegramente su carrera notarial en la Comunidad Valenciana, en Alicante, desde febrero de 2015. Convencida de que las leyes que aplican los despachos notariales están al servicio de las personas. La razón y conocimiento del derecho son imprescindibles en el ejercicio de la función notarial. Emociones como la seguridad, la confianza y la empatía que siente o transmite el notario, son indispensables para la toma de decisiones y la construcción de relaciones con sus clientes.

Notaría Buendía cuenta con instalaciones seguras. Visítanos, estamos en el centro de Alicante.

Nuestro horario es de Lunes a Jueves 9 - 17:00h. Viernes: De 9:00h a 15:00h. Horario de verano 8-15:00h.

Contacta con nosotros, tenemos 6 líneas de teléfono a tu disposición, llama al +34 96 513 32 76.

Contacta con nosotros, rellena el formulario de contacto o envíanos un e-mail a: info@notariabuendia.es

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Si tu hipoteca venció hace más de 21 años, ojo porque esto te interesa saberlo.
.
Sí, puedes cancelarla por caducidad sin pasar por el banco y sin escritura pública, pero hay truco: no se borra sola del Registro. No existe ningún “sumidero registral” mágico 😅
.
Lo que exige la Ley Hipotecaria (art. 82.5) es claro:
✔️ Que hayan pasado 21 años desde la fecha de vencimiento del préstamo (no desde que dejaste de pagar).
✔️ Presentar instancia privada con firma legitimada ante Notario o ratificada ante el Registrador.
✔️ Solicitarlo expresamente en el #RegistroDeLaPropiedad. Si no lo pides, no se cancela.
Y un aviso importante: si acabas de terminar de pagar tu hipoteca, no esperes 21 años. Las fusiones bancarias y los cambios de entidad pueden complicarlo todo más adelante. Prudencia hoy = tranquilidad mañana ⚖️
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Aquí la #CancelaciónDeHipoteca se hace con cabeza, buen asesoramiento y #DerechoRegistral bien aplicado.
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Tú tienes derecho a elegir #Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma❤️ 
.
#TuHistoriaNuestraFirma
🎙️ DOY FE – Episodio 12: Obra Nueva Antigua y su verdadero alcance jurídico.
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Otorgar una escritura de #ObraNuevaAntigua y dejarla inscrita NO significa que la obra se haya legalizado ⚠️
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Este es uno de los mayores malentendidos que vemos en notaría.
Registrar una obra antigua no borra su situación urbanística.
No es lo mismo estar Fuera de Ordenación que Asimilado a Fuera de Ordenación:
.
👉 en ambos casos la edificación existe,
👉 pero no adquiere plena legalidad urbanística.
.
La escritura y el Registro no convierten lo ilegal en legal. 
Lo que hacen es reconocer una realidad existente, con las limitaciones que eso conlleva. Y esas limitaciones siguen ahí.
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📌 En este episodio te explico qué significa realmente cada situación y por qué confundirlas es la antesala de muchos sustos innecesarios con la Administración.
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📺 Ver completo en YouTube.
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#PodcastDoyFe
Esto pasa todas las semanas en notaría ⚠️
Y conviene decirlo claro, sin rodeos.
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Cuando fallece un cónyuge, el viudo o la viuda NO tiene por qué quedarse con la mitad de cada bien ganancial.
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La Ley dice otra cosa: tiene derecho a la mitad del valor total, no a repartir todo al 50 % bien por bien.
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Eso da margen para elegir bien:
✔️ Quedarse la vivienda habitual
✔️ O combinar otros bienes (segunda vivienda, dinero, depósitos…)
✔️ Y, de paso, optimizar fiscalmente si luego hay una venta
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Liquidar gananciales no es repartir por inercia, si no decidir con cabeza y hacerlo bien documentado ante #Notario para evitar errores caros con #Herencias y #Fiscalidad.
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Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma. ❤️
#TuHistoriaNuestraFirma
Si tu hipoteca venció hace más de 21 años, ojo porque esto te interesa saberlo.
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Sí, puedes cancelarla por caducidad sin pasar por el banco y sin escritura pública, pero hay truco: no se borra sola del Registro. No existe ningún “sumidero registral” mágico 😅
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Lo que exige la Ley Hipotecaria (art. 82.5) es claro:
✔️ Que hayan pasado 21 años desde la fecha de vencimiento del préstamo (no desde que dejaste de pagar).
✔️ Presentar instancia privada con firma legitimada ante Notario o ratificada ante el Registrador.
✔️ Solicitarlo expresamente en el #RegistroDeLaPropiedad. Si no lo pides, no se cancela.
Y un aviso importante: si acabas de terminar de pagar tu hipoteca, no esperes 21 años. Las fusiones bancarias y los cambios de entidad pueden complicarlo todo más adelante. Prudencia hoy = tranquilidad mañana ⚖️
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Aquí la #CancelaciónDeHipoteca se hace con cabeza, buen asesoramiento y #DerechoRegistral bien aplicado.
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Tú tienes derecho a elegir #Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma❤️ 
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#TuHistoriaNuestraFirma

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🎙️ DOY FE – Episodio 12: Obra Nueva Antigua y su verdadero alcance jurídico.
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Otorgar una escritura de #ObraNuevaAntigua y dejarla inscrita NO significa que la obra se haya legalizado ⚠️
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Este es uno de los mayores malentendidos que vemos en notaría.
Registrar una obra antigua no borra su situación urbanística.
No es lo mismo estar Fuera de Ordenación que Asimilado a Fuera de Ordenación:
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👉 en ambos casos la edificación existe,
👉 pero no adquiere plena legalidad urbanística.
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La escritura y el Registro no convierten lo ilegal en legal. 
Lo que hacen es reconocer una realidad existente, con las limitaciones que eso conlleva. Y esas limitaciones siguen ahí.
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📌 En este episodio te explico qué significa realmente cada situación y por qué confundirlas es la antesala de muchos sustos innecesarios con la Administración.
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📺 Ver completo en YouTube.
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#PodcastDoyFe

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