
María Cristina Clemente, notaria: La experta resuelve una de las dudas más comunes a la hora de hacer testamento
Por Patricia Páramo
Una de las dudas más comunes sobre herencias en España es quién tiene derecho a recibir tus bienes cuando no tienes hijos. Según explica la notaria María Cristina Clemente Buendía en su canal de TikTok, muchas personas creen erróneamente que sus hermanos o sobrinos son herederos forzosos, cuando en realidad no lo son. La clave para decidir quién hereda es hacer testamento antes de que la ley decida por ti.
Herederos forzosos
En España, los herederos forzosos son aquellos que la ley protege con una parte mínima de la herencia, llamada legítima. Esta parte no se puede eliminar, salvo en casos muy concretos. Los herederos forzosos por ley son, en primer lugar, los hijos; si no hay hijos, los padres o abuelos; y si tampoco están vivos, entonces el cónyuge. En este punto, María Cristina Clemente es clara: hermanos y sobrinos no entran en esta categoría.
Si no tienes hijos, padres ni abuelos vivos, tú tienes el derecho pleno de decidir a quién dejar tus bienes. En este caso, el cónyuge sí mantiene derecho a la legítima, pero solo sobre una parte del patrimonio: el usufructo de un tercio, concretamente del tercio de mejora. Lo demás puedes distribuirlo como desees.
Testamento
Un error muy común, según indica la notaria en sus vídeos, es pensar que, por defecto, tus hermanos o sobrinos tienen derecho a heredar. Eso solo ocurre cuando no haces testamento. En esos casos, la ley aplica el orden de sucesión legal y, efectivamente, los hermanos y sobrinos pueden recibir la herencia. Pero si tú haces testamento, puedes dejarlo todo a quien quieras, incluso a alguien que no sea de tu familia, como un amigo o una fundación.
Por eso, hacer testamento es fundamental. Es la forma más segura de que tus bienes vayan a las personas que tú elijas. Puedes dejarlo todo a ese sobrino que siempre ha estado pendiente de ti, o a tu pareja si no estáis casados, o incluso repartirlo entre varias personas o causas que te importen. Si no lo haces, será el Código Civil el que decida por ti.