Los nietos del fallecido no heredan si sus padres renuncian a la herencia, salvo excepciones

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María Cristina Clemente Buendía

Si el padre renuncia a la herencia, salvo que el testamento indique lo contrario, no está favoreciendo a sus hijos (nietos del fallecido) sino aumentando la parte de los herederos que sí aceptan.

Por Lucía Rodríguez Ayala
¿Tuviste que ingresar a tu padre en una residencia por alzhéimer, demencia u otra enfermedad grave? Si ha llegado el momento de vender su vivienda, la notaria alicantina María Cristina Clemente Buendía lo explica con claridad: Hacienda no puede negarte la exención en el IRPF porque esa casa sigue siendo vivienda habitual.
Así lo ha explicado la notaria María Cristina Clemente en un vídeo publicado en sus redes sociales, donde advierte de que, en territorio de derecho común, los nietos solo podrán heredar en determinados supuestos si así lo establece el testamento.
Esto significa que, salvo que el testamento disponga lo contrario, la renuncia de un hijo en territorio de derecho común no beneficia a sus descendientes, sino que incrementa la parte de los demás herederos que sí aceptan.

Cuando hay testamento los nietos podrán heredar si está previsto en el testamento, pero no todo lo que hubieran recibido sus padres

Clemente explica que el caso de que el padre fallecido hubiera otorgado un testamento pueden darse dos situaciones diferentes, que se incluya o no la anteriormente mencionada sustitución vulgar.

Esta sustitución vulgar es una cláusula que se incluye en el testamento en la que el testador nombra a una persona como sustituta del heredero para recibir la herencia en el caso de que este no pueda o no quiera aceptarla.

En el caso de los hijos y nietos, tendría que añadirse que si este no acepta la herencia, será el nieto el que herede en su lugar.

Si el testamento incluye sustitución vulgar

Si el testamento incluye sustitución vulgar, los nietos sí pueden heredar, pero no en igualdad de condiciones con los tíos que aceptan la herencia. Tal y como precisa Clemente, “esos nietos no tienen derecho a legítima estricta. Esa corresponderá por entero al hermano del renunciante que sí acepta, a menos que eso también lo hubiera previsto el testamento”.
La notaria recuerda que esta interpretación fue confirmada por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en una resolución de 18 de enero de 2022.

Si el testamento no incluye sustitución vulgar

Si el testamento no prevé esta figura, los nietos del renunciante no reciben nada y la totalidad de la herencia corresponde al hermano que sí acepta.

Cuando no hay testamento los nietos tampoco heredan

En el caso de que no se hubiera otorgado testamento, los nietos tampoco reciben nada. La notaria lo deja claro, “si solo renuncia uno de los hijos, toda la herencia es para el hermano que sí acepta. Los nietos del renunciante no reciben nada”.
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