Impuesto de sucesiones. Qué es

María Cristina Clemente Buendía

María Cristina Clemente, notaria: alerta del error más común en el impuesto de sucesiones: "De nada sirve inventarte algo".

Por Paz Pineda

Tarde o temprano, una gran parte de la población se tiene que enfrentar a la pérdida de un ser querido. Más allá del dolor psicológico que ello provoca, existe un sinfín de papeleo y burocracia que conllevan los testamentos, herencias y, como no, los temidos impuestos.
A muchos, solo oír hablar de ellos genera un ligero estado de nerviosismo, en el mejor de los casos, si no ansiedad generalizada. En el supuesto de que hayas sido heredero, lo más frecuente en este tipo de circunstancia es informarse de si existe algún modo de evitar el temido impuesto de sucesiones.
Sin embargo, en los últimos años, se ha añadido un problema extra a toda esta circunstancia tan desconocida para la gran mayoría: los consejos que se multiplican en internet y redes sociales de supuestos expertos que prometen evitarte «sufrimientos económicos«.
¿Son realmente legales estos «atajos»? ¿Qué dice la ley? ¿Puedes incluir una cláusula en el testamento que te libere de pagar este impuesto? Una notaria nos ha resuelto estas y todas esas dudas que, seguro, alguna vez has tenido si te has visto en esta circunstancia.
La experta legal y notaria, Cristina Clemente Buendía (@notariabuendia), muy activa en redes sociales, ha querido hablar claro sobre estos bulos y las consecuencias que ello puede acarrear.

Impuesto de sucesiones. Qué es

Cuando una persona fallece, sus bienes y derechos (desde su casa, hasta el saldo de su cuenta corriente o una simple joya familiar) pasan a sus herederos. Pero antes de poder disponer de ellos, hay un paso que nadie puede saltarse: el pago del impuesto de sucesiones.
Este tributo grava el valor de los bienes recibidos y su cuantía depende de factores como el parentesco, el valor del patrimonio o la comunidad autónoma en la que residas, ya que hay bonificaciones y exenciones que pueden hacer variar mucho la cantidad final.
Para disfrutar de esos bienes, el impuesto de sucesiones es obligatorio y, si no lo pagas, Hacienda puede reclamarte el dinero con intereses e incluso sanciones. Es por ello que debes tener mucho cuidado con los rumores virales que circulan, especialmente por las redes sociales, para no pagar el «temido» impuesto.

Mentiras en el impuesto de sucesiones

En TikTok, Instagram y foros de internet abundan los vídeos y mensajes de supuestos «gurús jurídicos» que prometen atajos para evitar el impuesto de sucesiones: «Incluye esta cláusula en tu testamento y tus herederos no pagarán«, aseguran.
La notaria conocida como @notariabuendia ha querido poner freno a estos bulos, recordando en sus redes que la ley es clara: no se puede incluir en el testamento una cláusula que elimine la obligación de pagar el impuesto de sucesiones.
La realidad es simple: ninguna disposición testamentaria puede ir contra una ley tributaria. Como explica esta profesional, «es la Ley, en concreto, el artículo 80.2 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sucesiones, la que marca cuándo y cómo debe pagarse este impuesto».
La notaria @notariabuendia es tajante: «No necesitas inventar nada en tu testamento para afrontar el impuesto de sucesiones. No pongas nada, porque la ley ya lo prevé». Además, advierte del riesgo de seguir consejos no profesionales: «Guíate siempre por la ley y no por ‘gurús de internet’. Cualquier trámite de herencia debe estar asesorado por un profesional, para evitarte problemas y sorpresas desagradables».

¿Cómo pagar el impuesto de sucesiones?

Muchas personas piensan que deben adelantar el dinero de su propio bolsillo antes de acceder a la herencia, y esto no siempre es así. La notaria recalca que la ley sí permite utilizar el dinero de la cuenta bancaria del fallecido para hacer frente a este pago, pero para hacerlo hay que seguir unos pasos:
  • Acreditar que eres heredero o legatario. Para ello, necesitas el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y la copia autorizada del testamento (o, si no existe testamento, el acta de declaración de herederos).
  • Presentar el impreso de autoliquidación del impuesto de sucesiones en tu comunidad autónoma.
  • Solicitar al banco el dinero necesario para pagar el impuesto directamente desde la cuenta del fallecido.
Si cumples estos requisitos y hay saldo suficiente, el banco entregará la cantidad para pagar el impuesto sin que tengas que «ponerlo» tú primero. No necesitas ninguna cláusula especial en el testamento, ni trucos, ni rodeos legales.
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