DOY FE - El podcast de María Cristina

“DO YFE”, el primer podcast notarial de España

María Cristina firma una iniciativa pionera en el panorama jurídico español: DOY FE, el primer podcast creado desde una Notaría en nuestro país. Con un enfoque fresco y accesible, cada episodio estrenado mensualmente aborda una temática jurídica concreta, ilustrada con casos reales y en ocasiones, enriquecida con la participación de profesionales de alto nivel: jueces, abogados y otras voces autorizadas del sector. Gracias a su tono distendido y cercano, el podcast consigue poner al alcance el mundo notarial al gran público sin perder ni profundidad ni rigor legal. Este enfoque convierte cada episodio en una experiencia divulgativa clara, amena y de gran valor profesional, donde el buen ambiente y la calidad del contenido se funden con gran acierto.
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EL IMPACTO DE NUESTRO TRABAJO

En Notaría Buendía, nos hemos propuesto ser una notaría que comunique consciente y coherentemente, que te acompañe y ayude en la toma de tus decisiones; decisiones que nos importan y, juntos, rubricamos con nuestra firma.

NotariaBuendía y Buda 2

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🎙️ DOY FE – Episodio 12: Obra Nueva Antigua y su verdadero alcance jurídico.
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Otorgar una escritura de #ObraNuevaAntigua y dejarla inscrita NO significa que la obra se haya legalizado ⚠️
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Este es uno de los mayores malentendidos que vemos en notaría.
Registrar una obra antigua no borra su situación urbanística.
No es lo mismo estar Fuera de Ordenación que Asimilado a Fuera de Ordenación:
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👉 en ambos casos la edificación existe,
👉 pero no adquiere plena legalidad urbanística.
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La escritura y el Registro no convierten lo ilegal en legal. 
Lo que hacen es reconocer una realidad existente, con las limitaciones que eso conlleva. Y esas limitaciones siguen ahí.
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📌 En este episodio te explico qué significa realmente cada situación y por qué confundirlas es la antesala de muchos sustos innecesarios con la Administración.
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📺 Ver completo en YouTube.
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#PodcastDoyFe

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Esto pasa todas las semanas en notaría ⚠️
Y conviene decirlo claro, sin rodeos.
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Cuando fallece un cónyuge, el viudo o la viuda NO tiene por qué quedarse con la mitad de cada bien ganancial.
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La Ley dice otra cosa: tiene derecho a la mitad del valor total, no a repartir todo al 50 % bien por bien.
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Eso da margen para elegir bien:
✔️ Quedarse la vivienda habitual
✔️ O combinar otros bienes (segunda vivienda, dinero, depósitos…)
✔️ Y, de paso, optimizar fiscalmente si luego hay una venta
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Liquidar gananciales no es repartir por inercia, si no decidir con cabeza y hacerlo bien documentado ante #Notario para evitar errores caros con #Herencias y #Fiscalidad.
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Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma. ❤️
#TuHistoriaNuestraFirma

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💥 Tres gestos muy comunes que Hacienda puede ver como donación encubierta
• Transferir dinero a un hijo para comprar casa sin escritura.
• Recibir todo el precio de una venta heredada en una sola cuenta.
• Mezclar dinero privativo en una cuenta común y reinvertirlo en gananciales.
Resultado: sanción y pérdida de beneficios fiscales 💸
👉 La solución es simple: documentarlo bien ante #Notario (donación o aportación a gananciales).
Ayudar sí. Improvisar, no 😉
❤️ Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma ❤️
#Fiscalidad
#TuHistoriaNuestraFirma ❤️

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