Nuestras Oficinas

Nos gusta que nuestros clientes se sientan cómodos y bien atendidos. Por ello, y porque sabemos que demandas un servicio ágil, profesional, confidencial y cercano, hemos concebido un espacio moderno, funcional y adaptado a las nuevas tecnologías.

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Tu historia, nuestra firma

EL IMPACTO DE NUESTRO TRABAJO

En Notaría Buendía, nos hemos propuesto ser una notaría que comunique consciente y coherentemente, que te acompañe y ayude en la toma de tus decisiones; decisiones que nos importan y, juntos, rubricamos con nuestra firma.

NotariaBuendía y Buda 2

En el corazón de Alicante

Nos encuentras físicamente en el corazón de Alicante, en el edificio de los Registros de la Propiedad, y desde aquí, cualquiera que sea tu necesidad para cuestiones notariales, te asesoraremos, por cualquier medio, sin importar donde te encuentres.

La innovación tecnológica y digitalización ha llegado a las notarías para quedarse, desde el 9 de noviembre de 2023, es posible otorgar determinadas escrituras por videoconferencia. 

Notaría Buendia Cristina

María Cristina Clemente Buendía

Licenciada en Derecho y Diplomada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad San Pablo CEU de Madrid, ciudad en la que nació y vivió “a la madrileña”. Aprueba la oposición al Título de Notario e ingresa en el cuerpo notarial en noviembre de 2002. Ha desarrollado íntegramente su carrera notarial en la Comunidad Valenciana, en Alicante, desde febrero de 2015. Convencida de que las leyes que aplican los despachos notariales están al servicio de las personas. La razón y conocimiento del derecho son imprescindibles en el ejercicio de la función notarial. Emociones como la seguridad, la confianza y la empatía que siente o transmite el notario, son indispensables para la toma de decisiones y la construcción de relaciones con sus clientes.

Notaría Buendía cuenta con instalaciones seguras. Visítanos, estamos en el centro de Alicante.

Nuestro horario es de Lunes a Jueves 9 - 17:00h. Viernes: De 9:00h a 15:00h. Horario de verano 8-15:00h.

Contacta con nosotros, tenemos 6 líneas de teléfono a tu disposición, llama al +34 96 513 32 76.

Contacta con nosotros, rellena el formulario de contacto o envíanos un e-mail a: info@notariabuendia.es

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Las #ParejasDeHecho tienen un problema 
que muchos descubren demasiado tarde: la Herencia.
Porque en territorios de #DerechoComún, como la Comunidad Valenciana, 
el miembro de la pareja de hecho no tiene derecho a legítima.
Traducido: si uno fallece sin testamento, el otro no hereda nada.
.
👉 La única forma de proteger a tu pareja es hacer #Testamento.
Pero incluso haciéndolo, hay que pensar bien cómo se deja esa herencia.
Porque si le dejas bienes en plena propiedad, pasarán a formar parte de su patrimonio y después podrá hacer con ellos lo que quiera: 
venderlos, 
donarlos 
o dejárselos en herencia a sus propios hijos, aunque no sean comunes.
.
Por eso existen fórmulas jurídicas como la sustitución fideicomisaria, que permite algo muy concreto:
.
que tu pareja pueda disfrutar de esos bienes, 
pero que cuando fallezca vayan a las personas que tú hayas decidido.
.
📺 Episodio completo disponible en YouTube.
.
#DoyFe #Herencias
Hay algo que mucha gente descubre tarde: 
no todos los divorcios pueden hacerse ante Notario.
.
Cuando hay hijos menores de edad, la ley pone una línea roja. 
No es una cuestión de trámite, es una cuestión de protección del menor.
.
Por eso, en esos casos tiene que intervenir sí o sí un juez y el Ministerio Fiscal. Porque el interés del menor está por encima de cualquier otra cosa.
.
Así que si en el matrimonio hay hijos menores, o hijos mayores con discapacidad cuando judicialmente se ha establecido que los padres ejerzan medidas de apoyo, ese divorcio no puede tramitarse en Notaría.
.
La razón es simple: 
Cuando hay menores, la ley exige una supervisión 
judicial que garantice que todo lo que se acuerde realmente protege sus derechos.
Porque divorciarse puede ser un acuerdo entre adultos,
pero proteger a los hijos es una responsabilidad de todos.

#divorcio #divorcioNotarial#PoodcastDoyFe #DOYFE
🎙️ DOY FE – Episodio: El Podcast de María Cristina
¿Todos los matrimonios pueden divorciarse ante notario? 
La respuesta es NO
.
Primero, algo importante:
👉 Da igual cómo te hayas casado.
Sea matrimonio religioso o civil, el divorcio notarial es posible.
Pero hay condiciones muy claras para poder hacerlo:
que hayan pasado al menos tres meses desde la boda
✔️ que el divorcio sea de mutuo acuerdo
✔️ y muy importante: que no existan hijos menores de edad
.
Tampoco será posible si hay hijos mayores de edad con discapacidad cuando los padres tengan atribuida una medida judicial de apoyo o protección.
.
👉 Cuando se dan estas situaciones, el divorcio tiene que tramitarse necesariamente por vía judicial.
.
En este episodio explicamos cuándo sí es posible divorciarse ante notario y cuándo no, para evitar errores muy habituales.
.
📺 Episodio completo disponible en YouTube.
.
#DoyFe
Cuando creía que ya nada del mundo jurídico de las redes podía sorprenderme, aparece una nueva “estrategia” para evitar 
el #ImpuestoDeSucesiones: 
poner la vivienda a nombre de los hijos antes de fallecer.
.
Me recuerda a una frase de mi abuela: 
“no comer por haber comido”.
.
Porque claro que los hijos no pagarán el impuesto de sucesiones,
pero es que ya lo habrán pagado antes.
.
Cuando los padres ponen la vivienda a nombre de los hijos, sea en plena propiedad o solo en nuda propiedad reservándose el usufructo, eso tiene un nombre jurídico muy claro: 
DONACIÓN.
.
Y una donación no es neutra fiscalmente:
▪️ Impuesto de Donaciones para quien recibe.
▪️ Plusvalía municipal para quien recibe.
▪️ Y, en muchos casos, IRPF para el donante, un impuesto que nunca existe en las herencias.
.
Y aún hay otra cuestión que conviene recordar.
En este mundo donde gustan tanto los “trucos legales”, 
hay una regla que lleva vigente desde 1889:
NO HAY DONACIÓN DE INMUEBLES SIN ESCRITURA PÚBLICA.
Lo dice el artículo 633 del Código Civil.
.
Y donde hay escritura, hay impuestos.
.
Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma ❤️
.
#Donaciones #ImpuestoDeSucesiones #TuHistoriaNuestraFirma
¿Puede estar acercándose el final del valor de referencia del Catastro?
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La Audiencia Nacional tiene sobre la mesa varios recursos interpuestos por la Asociación Española de Asesores Fiscales cuestionando cómo se calculan esos valores.
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¿El núcleo del debate?
Que el Catastro no fija la fórmula de cálculo en una norma o reglamento con rango jurídico suficiente, sino en informes y circulares internas.
Y aquí está el punto clave:
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La reciente sentencia del Tribunal Constitucional que avaló el valor de referencia como base imponible en transmisiones y herencias reconoce expresamente que ese método de cálculo carece de carácter normativo.
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Si en los últimos cuatro años pagaste ITP, Sucesiones o Donaciones tomando como base un valor de referencia superior al declarado en escritura, no mires hacia otro lado.
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Solicita la rectificación y la devolución de ingresos indebidos.
Y fundamenta bien el argumento.
En fiscalidad, los plazos pasan.
Las oportunidades también.
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#ValorDeReferencia #Impuestos #SeguridadJurídica 
#TuHistoriaNuestraFirma
Las #ParejasDeHecho tienen un problema 
que muchos descubren demasiado tarde: la Herencia.
Porque en territorios de #DerechoComún, como la Comunidad Valenciana, 
el miembro de la pareja de hecho no tiene derecho a legítima.
Traducido: si uno fallece sin testamento, el otro no hereda nada.
.
👉 La única forma de proteger a tu pareja es hacer #Testamento.
Pero incluso haciéndolo, hay que pensar bien cómo se deja esa herencia.
Porque si le dejas bienes en plena propiedad, pasarán a formar parte de su patrimonio y después podrá hacer con ellos lo que quiera: 
venderlos, 
donarlos 
o dejárselos en herencia a sus propios hijos, aunque no sean comunes.
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Por eso existen fórmulas jurídicas como la sustitución fideicomisaria, que permite algo muy concreto:
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que tu pareja pueda disfrutar de esos bienes, 
pero que cuando fallezca vayan a las personas que tú hayas decidido.
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📺 Episodio completo disponible en YouTube.
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#DoyFe #Herencias

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Hay algo que mucha gente descubre tarde: 
no todos los divorcios pueden hacerse ante Notario.
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Cuando hay hijos menores de edad, la ley pone una línea roja. 
No es una cuestión de trámite, es una cuestión de protección del menor.
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Por eso, en esos casos tiene que intervenir sí o sí un juez y el Ministerio Fiscal. Porque el interés del menor está por encima de cualquier otra cosa.
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Así que si en el matrimonio hay hijos menores, o hijos mayores con discapacidad cuando judicialmente se ha establecido que los padres ejerzan medidas de apoyo, ese divorcio no puede tramitarse en Notaría.
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La razón es simple: 
Cuando hay menores, la ley exige una supervisión 
judicial que garantice que todo lo que se acuerde realmente protege sus derechos.
Porque divorciarse puede ser un acuerdo entre adultos,
pero proteger a los hijos es una responsabilidad de todos.

#divorcio #divorcioNotarial#PoodcastDoyFe #DOYFE

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🎙️ DOY FE – Episodio: El Podcast de María Cristina
¿Todos los matrimonios pueden divorciarse ante notario? 
La respuesta es NO
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Primero, algo importante:
👉 Da igual cómo te hayas casado.
Sea matrimonio religioso o civil, el divorcio notarial es posible.
Pero hay condiciones muy claras para poder hacerlo:
que hayan pasado al menos tres meses desde la boda
✔️ que el divorcio sea de mutuo acuerdo
✔️ y muy importante: que no existan hijos menores de edad
.
Tampoco será posible si hay hijos mayores de edad con discapacidad cuando los padres tengan atribuida una medida judicial de apoyo o protección.
.
👉 Cuando se dan estas situaciones, el divorcio tiene que tramitarse necesariamente por vía judicial.
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En este episodio explicamos cuándo sí es posible divorciarse ante notario y cuándo no, para evitar errores muy habituales.
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📺 Episodio completo disponible en YouTube.
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#DoyFe

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Cuando creía que ya nada del mundo jurídico de las redes podía sorprenderme, aparece una nueva “estrategia” para evitar 
el #ImpuestoDeSucesiones: 
poner la vivienda a nombre de los hijos antes de fallecer.
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Me recuerda a una frase de mi abuela: 
“no comer por haber comido”.
.
Porque claro que los hijos no pagarán el impuesto de sucesiones,
pero es que ya lo habrán pagado antes.
.
Cuando los padres ponen la vivienda a nombre de los hijos, sea en plena propiedad o solo en nuda propiedad reservándose el usufructo, eso tiene un nombre jurídico muy claro: 
DONACIÓN.
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Y una donación no es neutra fiscalmente:
▪️ Impuesto de Donaciones para quien recibe.
▪️ Plusvalía municipal para quien recibe.
▪️ Y, en muchos casos, IRPF para el donante, un impuesto que nunca existe en las herencias.
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Y aún hay otra cuestión que conviene recordar.
En este mundo donde gustan tanto los “trucos legales”, 
hay una regla que lleva vigente desde 1889:
NO HAY DONACIÓN DE INMUEBLES SIN ESCRITURA PÚBLICA.
Lo dice el artículo 633 del Código Civil.
.
Y donde hay escritura, hay impuestos.
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Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma ❤️
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#Donaciones #ImpuestoDeSucesiones #TuHistoriaNuestraFirma

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