María Cristina Clemente, notaria experta en herencias: "Si donas un piso en vida a tus hijos, Hacienda puede darte un disgusto"

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María Cristina Clemente Buendía

María Cristina Clemente, notaria experta en herencias: "Si donas un piso en vida a tus hijos, Hacienda puede darte un disgusto"

Por Nacho Viñau
Seguramente más de una vez has escuchado a algún familiar o conocido decir aquello de «mejor te lo doy en vida, que así no pagas tantos impuestos cuando me muera». O si vas a comprar un piso, te doy el dinero de la entrada.
Es una creencia popular que se ha extendido como la pólvora en las conversaciones familiares, especialmente cuando se habla de transmitir patrimonio a los hijos, o para facilitar el acceso a una vivienda. Sin embargo, esta aparente sabiduría popular podría estar costándote mucho más dinero del que imaginas.

La realidad es que las donaciones en vida esconden una trampa fiscal que muy pocas personas conocen, y que puede convertir lo que parecía una decisión inteligente en un verdadero dolor de cabeza económico. María Cristina Clemente, notaria con años de experiencia en Alicante y fundadora de Notaría Buendía, lo tiene claro: «Las donaciones en vida son absolutamente desaconsejables, salvo en casos de personas muy mayores con patrimonios extensos».

La trampa fiscal oculta en las donaciones

Según la notaria, hay personas que deciden planificar su herencia y donar en vida a sus hijos porque creen que el donante no paga impuestos. Pero María Cristina Clemente explica que no será así en muchos casos. Y de hecho, hay casos en los que el donante puede llevarse un gran susto en la decoración de la Renta.
Para esta profesional, «Si donas un piso, un local o un terreno cuyo valor actual (determinado por el valor de referencia) es superior al que lo compraste, puedes acabar pagando en el IRPF».
Pero tranquilidad. La notaria también señala que hay casos en los que no tendrás consecuencias fiscales, como cuando donas tu vivienda habitual si tienes más de 65 años, dinero, inmuebles sin plusvalía, aportaciones a patrimonios protegidos o ciertos negocios familiares. Por eso es tan importante informarse bien antes de donar: cada caso es distinto y una buena decisión hoy puede evitarte problemas mañana.

Cuidado con disfrazar la donación en vida como préstamo

Cuando pensamos en transmitir patrimonio, tendemos a fijarnos únicamente en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, algo que en muchas Comunidades Autónomas ya no es un problema para la mayor parte de la población. Pero las donaciones en vida, disfrazadas de préstamo, tienen un coste fiscal adicional que muy pocas familias contemplan hasta que es demasiado tarde.
En este sentido, en una herencia solo se pagan el Impuesto de Sucesiones (casi insignificante para familiares directos en varias Comunidades Autónomas y la plusvalía municipal). Pero si se dona en vida, entra en juego un tercer impuesto: el IRPF para el donante. «El IRPF es algo que nunca vas a tener en una herencia», explica.
Según la notaria, «Son innumerables las veces que cuando en Notaría comprobamos que el precio para la venta de un piso procede en realidad de un familiar del adquirente, cuando aconsejamos otorgar entonces escritura de donación de ese dinero por parte de alguien cercano, proponga como solución un préstamo entre particulares porque te ahorras Notario e impuestos».
Pero según la notaria, eso no es una alternativa. Primero porque las cantidades prestadas hay que devolverlas, y segundo porque Hacienda está revisando esas operaciones para comprobar que el proceso es legal y está todo en regla.
Como ejemplo, la notaria pone de ejemplo una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en diciembre de 2024, que dictaminó que el préstamo de 150.000 euros de dos hijos a su madre para que pudiera adquirir una vivienda fue un fraude.
Según cuenta la notaria, los hijos prestaron a su madre ese dinero para que lo devolviera en 10 años. Concluido el plazo de devolución, Hacienda exigió que se acreditara la devolución. «No coló el argumento de que se había convertido en donación justo después de efectuar las entregas y que por tanto había prescrito , ya que no había ninguna escritura pública que así lo acreditara , ni tampoco la aportación de varios justificantes bancarios  de reintegros, puesto que, no justificaba que se destinara a esa devolución del préstamo», señala María Cristina Clemente.

Cuidado con las donaciones de dinero

A la hora de donar dinero en vida, la notaria señala que «tiene que ser escritura de donación» para evitar sanciones y problemas con Hacienda. Para realizar esa escritura, tan solo hay que acreditar la filiación, justificar la transferencia bancaria, -realizada habitualmente en los 30 días previos a la escritura-, y declarar el origen de los fondos con el fin de evitar problemas con Hacienda. De hecho, si haces una transferencia con el concepto donación, sin hacer más trámites, no es una fórmula válida para la Agencia Tributaria.
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